martes, 27 de noviembre de 2007
Mas Plazo
Recientemente salió publicado en el decreto 1508 la extensión del plazo de permanencia en destinación suspensiva de las mercaderías en depósitos de almacenamiento. El tiempo permitido para los contenedores que arriben por vía marítima o fluvial será de 90 días, y para el caso de las que lleguen por vía terrestre o aérea será de 30 días, en ambos casos prorrogables. La norma impacta de lleno en las finanzas de las pymes, que tienen más flexibilidad para nacionalizar las mercaderías.
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1 comentario:
vamos todavia mis containers y mis buques tendran mas tiempo para hacer negocios ilegales!!!! jajajaj
bien diego el unico blog que no se oxida jajajja
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